La UGTE frente al Mandato 002
Varias interpretaciones, algunas de las cuales parcializadas e interesadas, se vienen produciendo respecto del Mandato 002, resuelto por la Asamblea Constituyente el pasado 23 y 24 de enero de 2008. Es obligatorio para nuestra Central, precisar nuestra posición respecto del mismo. 1.- Ha sido una exigencia permanente de los trabajadores superar las inequidades que en materia salarial se presentan y se profundizaron con la imposición de la flexibilización laboral como parte de la política neoliberal, que por largos años condenaron a la inmensa mayoría de los trabajadores a salarios de miseria, llegando incluso a decretarse el congelamiento salarial para los trabajadores (Gobierno de Lucio Gutiérrez), mientras se incrementaban en miles los sueldos y dietas de diputados, magistrados, Alcaldes, Prefectos, Dignatarios y funcionarios de Entidades Autónomas del Estado. Miles de obreros municipales en todo el país, de los consejos provinciales, de la salud, los miles de maestros ecuatorianos, han vivido las experiencias del regateo de contados dólares o hasta centavos para los incrementos salariales y han conseguido modestos incrementos luego de largas y persistentes luchas, aún cuando se han tratado de simples nivelaciones salariales. Estos desniveles, que en el sector público llegaron a establecer diferencias de ingresos de hasta 100 a 1 y, en el sector privado estas diferencias se mantienen hasta en niveles de 400 a 1, es decir que un gerente puede ganar en un mes el equivalente de lo que ganan 400 trabajadores. Estas odiosas desigualdades han formado parte de las concepciones neoliberales en las relaciones laborales, en las que abusando del poder económico y político han impuesto lo que han querido, acentuando las abismales desigualdades económicas y sociales y, en el caso del sector público absorbiendo ingentes recursos presupuestarios para luego cínicamente endilgar a los trabajadores el supuesto crecimiento del llamado “gasto corriente” y satanizar los derechos laborales como la organización sindical, la contratación colectiva y el derecho de huelga. En este contexto, constituye una política completamente justa, establecer límites a las inequidades existentes en las remuneraciones que en este caso, el Mandato 002 ha fijado en 25 a 1, diferencia aún inmensa si se tiene en cuenta que el salario básico unificado no cubre el consto de la canasta de la pobreza. Somos del criterio que esta diferencia debe irse acortando aún más, sobre la base de la nivelación de los salarios más bajos de los trabajadores, cumpliéndose con el principio de a igual trabajo, igual remuneración. Los afectados, los que disponían de esos super salarios no son los trabajadores, son los que desde la función pública han estado al servicio de los intereses de los burgueses y oligarcas, del imperialismo y son los que le han conducido al país a la profunda crisis en que se encuentra; son ellos los que han formado parte de la minoría que ha usufructuado y se ha enriquecido con los recursos de todos los ecuatorianos, son a ellos a los que el Mandato 002 les a quitado en parte sus privilegios y decimos en parte, porque un ingreso mensual de 5.000 dólares sigue siendo un privilegio dado que un trabajador con el salario básico tendría que trabajar más de 2 años para alcanzar esa cantidad. En conclusión, el Mandato 002 resuelto por la Asamblea Constituyente que establece un techo máximo en los salarios del sector público es un paso correcto en el enfrentamiento a la desigualdad económica existente en el Ecuador, y por eso, cuenta con el apoyo de nuestra central. Sin embargo, creemos que limitar la regulación únicamente al sector público deja intocado el sector privado, en el mismo que, los administradores y gerentes pueden fijarse los sueldos que les venga en gana. Acaso no es esa la “libertad” que tanto pregonan y defienden en estos momentos la minoría oligárquica y derechista. Creemos que esta limitación debe corregirse en la nueva Constitución, en la que debe establecerse para el sector privado, igual regulación que para el público. 2.- El Mandato regula los montos de las indemnizaciones en el sector público a cantidades establecidas en relación con el salario básico unificado de los trabajadores del sector privado y obligatorio para todos los sectores comprendidos en este mandato. Al respecto debemos señalar que la distorsión establecida en los montos de las indemnizaciones por renuncia voluntaria en determinados sectores, cuyo ejemplo más saliente es el del sector petrolero, no respondió a una demanda reivindicativa de los trabajadores, por lo tanto no fue una conquista laboral, sino que respondió al afán desesperado de los neoliberales de privatizar las empresas del sector público (principalmente de las áreas estratégicas) en unos casos y, en otros, de la reducción de personal enmarcados en la nefasta política de reducción del tamaño del Estado. Fueron esos neoliberales, particularmente en el período del gobierno de Sixto Durán Ballén representante de la derecha y los socialcristianos, los que incorporaron esas modalidades de reducción de personal, lo cual ha sido utilizado por la reacción para desprestigiar y distorsionar el carácter de las demandas legítimas de los trabajadores. Evidentemente, que grandes distorsiones en este campo se presentaron, e incluso desubicaron del carácter de la lucha sindical a un sector reducido de trabajadores, que se olvidaron de su naturaleza y empezaron a pensar únicamente para sí mismos, cerrando los ojos incluso frente a la precaria realidad de sus propios compañeros de trabajo tercerizados, que estando al servicio de la misma empresa, se encuentran sometidos a las peores condiciones de superexplotación laboral. Destacamos sin embargo, a la mayoría de profesionales y trabajadores de esos mismos sectores que, aún a costa de renunciamientos individuales, han mantenido y mantienen posiciones clasistas, éticas, democráticas y patrióticas, y sostienen su condición de trabajadores al servicio de toda la sociedad. Quienes defienden esos, en realidad privilegios, no son los trabajadores, son esa casta que ha desfigurado y desprestigiado la lucha sindical, e incluso, en algunos casos, han llegado a corromper la dirección sindical con prácticas mafiosas, antiobreras y antisindicales. Establecemos como justa la regulación de este Mandato, más aún si incorpora a la misma a sectores tradicionalmente marginados como ha sido el magisterio nacional. Asunto totalmente diferente es el relacionado a la garantía de estabilidad conquistada por los trabajadores en la contratación colectiva. Dicha conquista contemplada en la mayoría de contratos colectivos que establecen un tiempo fijo de estabilidad constituye una garantía para impedir el abuso de la patronal o de las administraciones de despedir arbitrariamente a los trabajadores de sus puestos de trabajo o, en caso contrario indemnizar con el tiempo de estabilidad establecido. Esta conquista es completamente justa y la hemos defendido como Central Sindical; y, a través de los compañeros Asambleístas del MPD en la Constituyente, se ha logrado preservarla en el Mandato, al establecer la excepción del despido intempestivo del cuadro de indemnizaciones. Como es obvio, también existen algunas limitaciones en esta parte del Mandato, al no haber ubicado la base del costo de la canasta básica como salario mínimo; al haber eliminado las utilidades del las empresas del sector público; así como, al excluir del mismo al personal de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, lo que significa dejar una brecha abierta para que se conserven y amplíen grandes privilegios de las castas militares y policiales en un país en crisis. Finalmente, más allá de los límites del Mandato e incluso de sus fallas, nuestra central apoya al mismo, dado que responde a un objetivo justo, atacar las inequidades impuestas por el neoliberalismo en el campo laboral. Debemos destacar además que, los cambios incorporados en el Mandato con respecto al proyecto inicial, son significativos y ubican la naturaleza del momento, respecto de que al tiempo que apoyamos la acción de la Asamblea Constituyente, necesitamos elevar la vigilancia y la exigencia para que los cambios que impulsa no afecten los derechos de los trabajadores.
Secretariado Nacional de la UGTE. Quito, enero 25 de 2008 |
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